jueves, 4 de abril de 2013

GARANTÍAS INDIVIDUALES

"En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece".

Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a gozar las mismas garantías que otorga la Constitución, por el simple hecho de estar en territorio nacional sin importar edad, sexo o condición social.

   La Constitución, desde el artículo 1° hasta el 28, consagra las siguientes garantías individuales:


  • Toda persona goza de libertad absoluta.
  • Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
  • La educación es gratuita y obligatoria.
  • Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
  • Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
  • Protección de la salud.
  • Libertad de trabajo.

  • Libertad de expresión.
  • Libertad de información, de prensa, de petición y asociación.
  • Libertad de manifestación.
  • Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir el lugar de su residencia.
  • Derecho de audiencia.
  • No extradición de reos políticos.
  • Libertad de correo.
  • Independencia de los tribunales.
  • Readaptación social del delincuente.
  • Traslado de reos.
  • Garantías del acusado.
  • Prohibición de la incomunicación y la tortura. Nadie será sometido a torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
  • No se juzgará dos veces a una persona por el mismo delito.
  • Libertad de creencias religiosas.
  • El Estado es el rector de la economía.
  • Propiedad de tierras y aguas en el territorio nacional.
  • Dominio sobre el subsuelo, mar territorial, espacio aéreo, aguas continentales y combustibles.
  • Propiedad de inmuebles de asociaciones religiosas y de beneficencia.
  • Régimen ejidal, pequeña propiedad agrícola y ganadera, patrimonio familiar.
  • Pequeña propiedad agrícola, justicia agraria.
  • Asesoría legal al campesino, desarrollo rural integral.
  • Ley antimonopolio.

DERECHOS HUMANOS

Constituyen el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona resultan indispensables en una persona que vive en una sociedad jurídicamente organizada.
Cuando uno de estos derechos es violado por una persona se puede acudir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que se encarguen de su defensa.
Hay que recordar que el 10 de diciembre de 1948 las Naciones Unidas aprobaron la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual distingue entre derechos relativos a la existencia misma de la persona y los relativos a su protección y seguridad, a la vida política, social y jurídica de la misma, así como los derechos de contenido económico y social.

OBJETIVOS DE SU DEFENSA

  1. Contribuir al desarrollo integral de la persona.
  2. Delimitar, para todas las personas, una esfera de autonomía dentro de la cual puedan actuar libremente, protegidas contra los abusos de autoridades, servidores públicos y de particulares.
  3. Establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
  4. Crear canales y mecanismos de participación que faciliten a todas las personas tomar parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las decisiones comunitarias.

CARACTERÍSTICAS

  1. UNIVERSALES
  2. INCONDICIONALES
  3. INALIENABLES


"Tanto las garantías individuales que establece la Constitución, como los derechos humanos deben ser reconocidos y respetados por todas las personas"



JERARQUÍA A NIVEL FEDERAL



JERARQUÍA A NIVEL LOCAL


miércoles, 3 de abril de 2013

LA CONSTITUCIÓN MEXICANA

La constitucion es la ley del estado soberano, escrita o no, establecida o aceptada como guía para su gobernación. Es la norma jurídica de más alto rango en el ordenamiento político.
La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, estableciendo las bases para su gobierno, también da y garantiza al pueblo ciertos derechos.
Establece la organización, atribuciones y relaciones entre las organos del Estado, los derechos y garantías de las personas y los cuerpos intermedios de la sociedad

La Constitución mexicana del año 1917, es la carta magna que establece el marco político y legal para la organización y relación federal con los Estados de México, los ciudadanos y todas las personas que residen en el país. Su contenido, desde su creación y hasta la actualidad, ha sido reformado más de 500 veces para ajustarse a la realidad.

El documento donde se fijan las leyes que rigen y protegen la convivencia ciudadana en la nación, fue un gran aporte de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal ya que fue la primera en incluir los derechos sociales. Lo hizo dos años antes de la Constitución de Weimar de 1919, en Alemania.

La carta magna de 1917 surgió luego de las reformas realizadas a la de 1857. Esos cambios habían sido ordenados por Venustiano Carranza, en su carácter de primer jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo en 1916.

El documento se caracteriza por ser federalista en comparación a las anteriores que han sido centralistas y reconoce la soberanía, es decir, la libertad de cada uno de los estados que aunque se rigen conforme a una sola Constitución, reconocen un poder central que organiza y representa a toda la República.

La forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal. Sin embargo, se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo, el cual dejó de ser unilateral para dividirse en cámaras de Diputados y Senadores.

Otro de los cambios fue que se ratificó el sistema de elecciones directa y se decretó la no reelección, suprimiendo la vicepresidencia y dando mayor autonomía al poder Judicial y más soberanía a los estados. A raíz de ello, se creó el municipio libre y se estableció un ordenamiento agrario en el país relativo a la propiedad de la tierra.

Además, determinó la libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas así como el reconocimiento a las libertades de expresión y asociación de los trabajadores.

Una de las importantes reformas fue la de 1953, en las que se otorgó derecho al voto a las mujeres. En los cambios instrumentados en 1969 se concedió la ciudadanía a todos los mexicanos mayores de 18 años así como las sucesivas reformas electorales de 1977, 1986, 1989, 1990, 1993, 1994, y 1996 destinadas a garantizar elecciones plenamente legales, limpias, imparciales y respetuosas de la voluntad popular.

A esto se suma que actualmente, por mandato constitucional, el voto es universal, libre, directo y secreto para los cargos de elección popular y los partidos son entidades de interés público.

Las elecciones federales son organizadas por una institución autónoma, el Instituto Federal Electoral, que está guiado por los principios de la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad y la objetividad.



PARTES DE LA CONSTITUCIÓN


La constitución en su conjunto comprende tres partes principales: La dogmática, la orgánica y la social.
La parte dogmática comprende el sistema de las garantías individuales, que se estima han evolucionado a la idea de derechos humanos. Se le denomina así en virtud de que constituye una suma de normas fundamentales anteriores y superiores al Estado, que no solo limitan el poder y la acción de aquellos que gobiernan, sino que marcan el rumbo del actuar del poder publico.
Se le llama parte orgánica al cuerpo de normas, principios e instituciones de la constitución que regula la estructura, definición, atribuciones y retos de los órganos o poderes del estado.
Se habla hoy en día de la parte social de la constitución al referirse al sistema de normas e instituciones que regulan y promueven el bienestar social. 



CLASIFICACIÓN

Constitución narrativa: Principios, contenido y preceptos responden a la realidad del Estado al que esta dirigido.
Constitución nacional: La que se expresa su contenido, las ideales a los que aspira, sin embargo no se cumple por diversas causas.
Constitución semántica: Solo sirve a los fines de los gobernantes sin tomar en cuenta necesidades ni la situación real de los gobernados.


FUENTES DE DERECHO


Fuentes materiales: Son llamadas fuentes políticas. Son las razones o hechos que provocan la aparición de una norma y determina su contenido.

Fuentes formales: Aluden al lugar donde brotan el derecho, donde lo recogemos tradicionalmente se señala; la ley, la jurisprudencia y en menor nivel la doctrina. Comprende el estudio de los sistemas que tienen o han tenido vigencia.
fuentes históricas: Esta se puede definir como cualquier testimonio, documento, resto u objeto utilizado por el hombre, que nos puede aportar información significativa.





lunes, 1 de abril de 2013

¿QUÉ ES DERECHO?


DIFERENCIA ENTRE  MORAL Y DERECHO

La diferencia que existe es que por su lado la MORAL constituye aquellas pautas que regulan lo que es la conducta de una persona, al igual que sus pensamientos, se liga principalmente con el INTERIOR DE LA PERSONA.
El DERECHO se aplica a la manifestación del dominio externo regula principalmente la conducta humana, sus actos exteriores o lo que uno realiza.
Es decir:

PRINCIPALES TIPOS DE DERECHO

DERECHO NATURAL:
  • FORMA PARTE DE LA MORAL
  • RIGE LA CONDUCTA SOCIAL DE LOS HOMBRES
  • NACEN DE LAS EXIGENCIAS DE LA NATURALEZA BIOLÓGICA  RACIONAL Y SOCIAL DEL HOMBRE.
  • FUNDAMENTOS EN LA EQUIDAD Y JUSTICIA.
DERECHO  POSITIVO:
  • LEYES JURÍDICAS
  • REGLAMENTOS Y RESOLUCIONES CREADAS POR EL ESTADO
  • NORMAS

DERECHO  VIGENTE:
  • CONJUNTO DE NORMAS ENMADRADAS POR EL PODER LEGISLATIVO EN DIFERENTE ÁMBITOS FEDERAL Y LOCAL.

jueves, 28 de marzo de 2013

JUICIO NORMATIVO

Estos plantean posibilidades, supuestos, hipótesis  haciendo referencia al comportamiento. Estos pueden ser VALIDOS O INVÁLIDOS,  esto quiere decir que el problema no es que sea verdadero o falso como lo ocurre en los juicios enunciativos.

¿Como saber si un juicio normativo es valido o inválido?

VALIDO:

Si para su creación se han seguido las formalidades señaladas o bien dicho revisten determinado carácter y por la naturaleza de los mismos.
INVÁLIDOS:
Cuando no han llenado las formalidades necesarias o bien no han sido objeto de omitir alguna ley o articulo.

EJEMPLOS:
* Todos los varones gozan de los mismos derechos.*
* El sol es una estrella.

JUICIO ENUNCIATIVO


Son aquellas que denotan en que consiste ser, lo que es una realidad, la existencia de un hecho o lo de acontecimientos de fenómenos, etc.
En si quiere decir a algo que es, que fue o bien que sera.

EJEMPLOS:
* Ley de la gravedad
* Ley Natural.

LEY NATURAL

Es aquel juicio que expresa la relación constante entre fenómenos, se refiere a una norma conocida A LA LUZ DE LA RAZÓN
La definición de ley natural es introducida por Santo Tomás de Aquino
 "la participación de la ley eterna en la criatura racional"

EJEMPLOS:
* 4 por 4 = 16
* Todo lo que sube tiene que bajar.
* Anoche-Amanece

LEY DEL DEBER

Se conforma por normas de conducta que imponen deberes y conceden facultades.

EJEMPLOS:
*Respetar a los demás
*No robar
* No beber en vía pública.

miércoles, 27 de marzo de 2013

1. EL ORIGEN DE NORMAS Y EL DERECHO POSITIVO MEXICANO

1.1 EL ORIGEN DE LAS NORMAS

INTRODUCCIÓN

A lo largo de la historia del hombre, ha vivido alrededor con la sociedad para poder satisfacer sus necesidades ¿Pero como a logrado esto?, por medio de relaciones en el orden social, cultural, económico y político, para que estas sean posibles, fue indispensable que el hombre y mujer se ORGANIZARAN; la finalidad convivir en paz social y establecer derechos que llevar a un fin común.
Es con ello que nace el Derecho, aquel conjunto de NORMAS o REGLAS de CONDUCTA para cumplir una misión, utilidad, y perseguir determinados fines, esto permitirá otorgar seguridad y administrar Justicia a través del ESTADO. Para que esto se pueda llevar correctamente es necesario de un :

SISTEMA NORMATIVO

OBJETIVO:
                                      ORDEN Y JUSTICIA 

¿QUÉ ES? 

 "Ordenamiento Jurídico constituido por un conjunto de reglas, pautas o leyes que regulan el comportamiento".


Santi Romano lo describe de la siguiente manera : "Un conjunto de normas jurídica, positivas, vigentes, relacionadas entre si, escalonadas, jerarquizadas que rigen en el momento las instituciones de un país determinado."

En toda sociedad existirá este sistema en diferentes ordenes normativos que estimularan la conducta de la misma.
Las sociedades organizadas por el estado se identifican sobre todo por que IMPONEN Y CONSERVAN LA VALÍDEZ de este orden, no es solo obedecido por el proceso consiente si no también por medio de la razón de este, ya que puede ejecutarse MEDIANTE LA FUERZA CONSTITUIDA.       
                     


LA NORMA JURÍDICA

La palabra  NORMA suele usarse en dos sentidos : AMPLIO Y ESTRICTO.

  • LATO SENSU: Aplicase a toda regla de comportamiento, sea obligatoria o no.
  • STRICTO SENSU: Esta corresponde a la que impone deberes o confiere derechos.  
 ¿PARA QUÉ NACEN?
           Nacen como consecuencia de nuestra vida social y son de diversa naturaleza, según la especie que la riga.
 Dicha se puede clasificar de la siguiente manera:
  • Técnica
  • De etiqueta
  • Jurídica
  • Morales
  • Religiosas
  • Etc...
TÉCNICAS: Provienen de hacer bien las cosas.
EJEMPLO: La serie de medidas que el médico debe tomar para realizar con éxito una intervención quirúrgica. La sansión que recibe, quien viola la norma técnica, recibe una sanción: el fracaso.
DE ETIQUETA:  Imponen respeto, reverencia a una persona, el amor propio u otros sentimientos propios de un grupo social.
EJEMPLO: Usar calcetines blancos con ropa oscura., la sansión Su violación tiene como sanción el ridículo, es decir, el quedar mal ante los demás al provocar la risa y la burla.
MORALES:  Aquellas individuales o sociales constituidos principalmente por deberes de la moral para el  bienestar propio o de un grupo social.
EJEMPLO:No auxiliar a alguien en cierta situación.Sanción: Su violación trae como consecuencia el remordimiento (desaprobación de la propia conciencia al acto realizado), o el desprendimiento social, o ambas sanciones a la vez.
RELIGIOSAS: Mandamiento dictado por Dios para el hombre.
EJEMPLO: No ir a misa todos los domingos y días festivos, Su violación está sancionada con el premio, castigo eterno (Infierno).
JURÍDICA: Evitan conflictos, son de carácter superior, fijan los limites de la conducta, son dictadas por el Estado y este hace que sean obligatorias.
EJEMPLO:  La comisión de un delito, sanción: Su cumplimiento no deja a la libre voluntad del sujeto, sino que el poder público se encarga de aplicarlas haciéndolas cumplir, tienen fuerza coactiva.


CARACTERÍSTICAS.



La Jerarquía de Normas que actualmente se usa es la de Luis Villoro:


1. NORMAS FUNDAMENTALES:  Aquellos contenidos por la ley primaria ( Constitución Política).
   2. NORMAS SECUNDARIAS: Dictaminadas por el Congreso.
   3.NORMAS REGLAMENTARIAS: Aquellos reglamentos, decretos, que regulan el comportamiento en la Sociedad, emitidos por el poder Ejecutivo, Secretarias, Estado.
  4. NORMAS INDIVIDUALIZADAS: Contenidos en poder Judicial y Ejecutivo convenios entre particulares.